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domingo, 26 de febrero de 2012

Reportaje a Marcos Castro publicado en la revista de la CGT en diciembre de 2010

MARCOS CASTRO


El impuesto a las ganancias “conceptualmente no debería alcanzar a los trabajadores en relación de dependencia”

Entrevista al Presidente del Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante.

-¿Cuál es su opinión respecto al impuesto a las ganancias?

-Conceptualmente, este impuesto no debería alcanzar a los trabajadores en relación de dependencia, cuyos ingresos son fruto exclusivo de la entrega de su fuerza de trabajo y que de ningún modo pueden equiparase a una renta. Percibir un salario no implica “ganar”. Los trabajadores lo emplean en solventar sus necesidades básicas, quedando en muchos casos con una capacidad de ahorro escasa o nula. Sin embargo este impuesto se aplica desde hace muchos años y la situación general no permite avizorar la posibilidad de eliminarlo. Lo que si hay que tener en cuenta es que las prestaciones provenientes del Estado son escasas: Los trabajadores deben sufragar adicionalmente sus propios servicios médicos y los haberes provisionales guardan muy pobre relación con los salarios por los que se aporta. Esta carencia de adecuadas contrapartidas debería marcar un límite natural en la magnitud de este gravamen y habría que eximir a los niveles salariales que son imprescindibles para permitir el acceso a los derechos fundamentales del trabajador y su familia. Debería establecerse que solo la porción de remuneraciones que exceda de estos parámetros sea gravada.

-¿Considera que funciona como un “impuesto al salario” en lugar de gravar ganancias?.

- La falta de actualizaciones adecuadas en los valores que se utilizan para su calculo provoca continuos incrementos del impuesto, lo que lo ha distorsionado completamente, dándole cada vez más el sentido de un mero impuesto al salario. Las autoridades de aplicación parecen querer compensar mediante este gravamen parte de los nocivos efectos del alto nivel de evasión impositiva que existe por parte de otros grupos de ciudadanos. El Impuesto a la Cuarta Categoría es el que registra menos incumplimientos. Tampoco ayuda el criterio que se percibe en algunos funcionarios a la hora de actualizar los valores para el cálculo del tributo, pues toman ello como una sesión por parte del estado que produciría pérdidas a éste, cuando en realidad esos ajustes que se reclaman solo tienen el efecto de no elevar el impuesto.

Percibir un salario no implica “ganar”. Los trabajadores lo emplean en solventar sus necesidades básicas, quedando en muchos casos con una capacidad de ahorro escasa o nula.

-¿Cómo afecta particularmente al colectivo de trabajadores que usted representa?

- Contar con haberes convencionales algo más elevados que la media nacional hace que nuestros representados casi sin exclusiones, deban hacer frente al pago del impuesto. Siempre hemos tributado ganancias, y no nos negamos a hacerlo en la actualidad, pero sí creemos que debe hacerse en la medida justa. Lo novedoso es el exagerado volumen de los montos que se tributan como consecuencia de la inadecuada actualización de los valores de la base del cálculo. Por ejemplo un Capitán de un buque petrolero debe tributar anualmente el equivalente a cuatro sueldos mensuales netos, un tercio de su trabajo esta destinado exclusivamente al pago del impuesto a las ganancias. Esto genera varias consecuencias:
1. además de ocasionar un perjuicio económico para el trabajador, coloca a los costos del personal embarcado argentino en una situación sumamente delicada ($1 de salario de bolsillo significa $2,32 de costo para el empleador), privándonos de toda posibilidad de competencia con la tripulaciones extranjeras.
2. otro efecto que se observa es la reaparición de pagos “en negro”, siendo el Estado el principal damnificado de esta situación que pone de manifiesto la inconveniencia de la voracidad fiscal.
3. por último nos preocupa la posibilidad de que hacia fin de año se repita una reticencia generalizada a embarcar. Los empleadores deben realizar importantes descuentos para completar el pago del impuesto, por lo que los haberes correspondientes a diciembre y 2ª SAC. Se ven sumamente disminuidos. Salir a navegar durante ese período significa, además de pasar las fiestas de fin de año alejados de sus familias, asumir las habitualmente pesadas cargas de responsabilidad a cambio de ingresos efectivos que a veces no superan el 30% del salario mensual. En consecuencia, se producen numerosos pedidos de desembarco, lo que pone en riesgo la continuidad de la operatividad de la flota.

- ¿Qué medidas considera que se deben tomar en la coyuntura actual?

- Los trabajadores, tanto activos como pasivos, siempre contribuimos, a través de distintas categorías que se dieron a este impuesto, con un porcentaje de nuestro salario. Asumimos esta obligación y nos parece correcta en su justa medida, dentro de los parámetros que no distorsionen el concepto de ganancia y salario. Considero que no es el momento de que quienes tenemos salarios más altos cuestionemos el pago de una contribución impositiva. Lo que cuestionamos es la injusticia de su aplicación. El impuesto no puede limitar la justa evolución del salario, no puede absorber, o peor aún, tornar negativo un aumento salarial al trasladarlo al salario de bolsillo. Por otro lado, es de destacar que, paradójicamente, las rentas financieras, que sí contribuyen a aumentar la riqueza de sus beneficiarios, y que en su monto total equivalen a varias veces las ganancias personales, no son objeto de similar tratamiento, lo que resulta sumamente injusto e irritativo a la vez que demostrativo de que no se cumple aquello de que “el que más gana mas tributa”.

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